¿Se puede cambiar la cerradura de un piso de alquiler?

Cada vez resulta más difícil emanciparse, las condiciones no son lo que eran y la situación a nivel general tiende a retrasar el tiempo de poder comenzar una vida de manera independiente. Pero nada es imposible y como dicen quien lo intenta al final lo consigue. Por ello, si es la primera vez que abandonas el nido para volar a otro lugar seguramente tengas un montón de dudas, como qué gastos debe cubrir el casero o casera y cuáles los inquilinos, o si puedo cambiar la cerradura de un piso de alquiler o, por el contrario, está prohibido.

En este artículo vamos a centrarnos específicamente en esta última cuestión. A continuación, resolvemos a todas tus dudas sobre si es legal cambiar la cerradura de un piso de alquiler, así como otras cuestiones relacionadas e igualmente relevantes. Sigue leyendo para más información.

¿Puedo cambiar la cerradura de un piso de alquiler?

Seguramente la cuestión de si puedo cambiar la cerradura de un piso de alquiler venga a tu cabeza porque acabas de mudarte a un piso, la casera o casero te ha entregado las llaves y te estás planteando si los antiguos inquilinos puedan tener una copia de la misma y si pueden entrar a la vivienda en cualquier momento sin consentimiento.

Afortunadamente para ti y para todo el mundo que acaba de arrendar una propiedad la respuesta es afirmativa. Sí se puede cambiar la cerradura de un piso de alquiler sin ningún problema. No existe ninguna ley en contra que especifique el que inquilino pueda proceder al cambio de cerradura en piso alquilado. Debes tener en cuenta el alquilar una vivienda significa disponer de ella para su uso y disfrute, por tanto, si te preguntas si puedo cambiar la cerradura de un piso de alquiler, la respuesta es sí.

Cambiar la cerradura de un piso en alquiler

Además, el cambio de cerradura en pisos alquilados es una medida muy recomendada para mejorar la seguridad y tranquilidad de los inquilinos. Se trata de poner todas las medidas necesarias para evitar la entrada sin consentimiento de personas que puedan haberse quedado con algún juego de llaves. Además, debes saber que la mayoría de los seguros del hogar —en caso de que cuentes con uno— no cubren los robos de objetos y pertenencias personales si la cerradura no ha sido forzada.

¿Tengo que pagar yo el cambio de cerradura?

Al tratarse de un gasto que decidimos realizar por nuestra cuenta, ya que la anterior cerradura se encontraba en perfecto estado y, por tanto, no se trata de una reparación o avería superior a los 150 euros, el gasto por el cambio de cerradura es algo que depende única y exclusivamente del inquilino —arrendatario—. Ahora bien, como se trata de un producto que le confiere mayor valor a la vivienda —ya que mejora la seguridad de estas— es aconsejable tratar de negociar con el propietario —arrendador— para intentar llegar a un acuerdo.

En ocasiones en el contrato suelen haber algunas cláusulas aparte relacionadas con los gastos derivados por el uso del inmueble. Es aconsejable echarle un ojo, antes que nada. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) cuenta en su web con un documento contractual estándar en el cual puede comprobarse qué es adecuado y qué no —para conocer si el contrato está siendo justo y equitativo por ambas partes o no, es decir si cuenta con cláusulas abusivas—.

¿Debo informar al propietario/a del cambio de cerradura en pisos alquilados?

Lo cierto es que al igual que se puede cambiar la cerradura de un piso de alquiler, esta acción también se puede llevar a cabo sin avisar al arrendador. Es legal cambiar la cerradura de un piso de alquiler sin necesidad de avisar al casero, ahora bien, nuestra recomendación es que avises a tu arrendador para que sea consciente y que le expliques los motivos por los cuáles quieres hacerlo —haciendo hincapié en que se trata por una cuestión de seguridad—. De esta forma conseguirás que no haya malos entendidos y que prime una buena relación entre arrendador/arrendatario.

Ahora bien, otra duda muy frecuente es si se debe dar una copia de las nuevas llaves al casero/a. La respuesta es no, no es obligatorio. El único motivo por el cual suele ser recomendable dar una copia de las llaves al arrendador es para poder acceder a la vivienda en caso de que pierdas las llaves o las olvides dentro, aunque también puedes darlas a familiares o amigos. Si no dispones de copias tendrás que contactar con cerrajeros profesionales para que puedan llevar a cabo la apertura de dicha puerta de la forma más limpia posible y sin dañar la cerradura.

Independientemente de todo ello, lo que debes tener claro es que como inquilino sí estás en la obligación de entregar las llaves una vez que finalice tu contrato de alquiler. Al igual que el arrendador debe devolver la fianza —siempre y cuando no encuentre desperfectos, los cuales serán descontados de esta—, el inquilino debe devolver la copia de todas las llaves, aunque esta haya sido pagada por él/ella.

¿Puede el propietario de una vivienda cambiar la cerradura de una puerta?

Otra duda general, vista desde el punto de vista del arrendador (propietario), es si se puede cambiar la cerradura del piso de alquiler mientras está alquilado. La respuesta es no. En este caso se estaría cometiendo un delito ya que existe un contrato de por medio que indica que la vivienda está destinada al uso y disfrute de quienes firmaron el contrato de alquiler. Incluso, en el caso de que haya okupas, lo más recomendable es denunciarlo ya que de otra forma se podría incurrir a un delito penado por la ley.

¿Pueden el propietario entrar a la vivienda si está alquilada?

A no ser que el inquilino le de permiso expreso, el propietario no puede entrar a la vivienda de alquiler mientras esta está destinada al uso y disfrute de otros. De otra forma se cometería un allanamiento de morada, tal como refleja el artículo 202 de Código Civil que dice lo siguiente: “El particular que no habite en la vivienda no podrá acceder sin consentimiento expreso”.

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